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title: El Reglamento europeo de IA
description: El Reglamento europeo de IA clasifica los usos en cuatro niveles de riesgo y obliga a los empleadores a fomentar la alfabetización en IA de su personal.
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# El Reglamento europeo de IA

El Reglamento europeo de IA (Reglamento (UE) 2024/1689) es el primer marco jurídico completo sobre IA del mundo, según la Comisión Europea [2]. Establece normas distintas según los riesgos de cada uso concreto de la IA [2].

Para un empleado, la consecuencia más directa es el artículo 4: las empresas que proporcionan o utilizan sistemas de IA deben adoptar medidas para fomentar la alfabetización en IA de su personal [4].

## En 30 segundos

- Dónde ocurre: en cualquier organización que proporcione o utilice un sistema de IA, incluso un simple asistente de redacción o de traducción [4].
- Qué prevé el texto: cuatro niveles de riesgo, desde las prácticas prohibidas hasta el riesgo mínimo, que no tiene ninguna norma [1].
- El reflejo: informarse de los riesgos propios de la herramienta que se usa, como las respuestas inventadas [4], y preguntar al empleador qué formación sobre IA está prevista.
- Si no se ha hecho: la obligación del artículo 4 se aplica desde el 2 de febrero de 2025 y el control desde el 2 de agosto de 2026 [4].

## Preguntas directas

### ¿Cuáles son los cuatro niveles de riesgo?

El reglamento distingue el riesgo inaceptable, el riesgo alto, el riesgo de transparencia y el riesgo mínimo [2].

En la cima, las prácticas prohibidas. La Comisión cuenta nueve, entre ellas la puntuación social, el reconocimiento de emociones en los lugares de trabajo y en los centros educativos, y la manipulación y el engaño perjudiciales basados en la IA [2].

En el segundo nivel, el riesgo alto: casos de uso que pueden presentar riesgos graves para la salud, la seguridad o los derechos fundamentales. La Comisión cita en particular las herramientas de IA para el empleo y la gestión de trabajadores, como un programa de selección de currículums para contratar [2].

En el tercero, la transparencia. Un chatbot debe indicar que se está hablando con una máquina, y ciertos contenidos generados por IA, como los deepfakes, deben etiquetarse de forma clara y visible [2].

En la base, el riesgo mínimo: la Comisión cita los filtros antispam y los videojuegos compatibles con la IA, que no tienen ninguna obligación [1][2].

### ¿Qué dice el artículo 4?

El artículo 4(1) impone a los proveedores y a los responsables del despliegue de sistemas de IA la adopción de medidas para fomentar la alfabetización en IA de su personal y de las demás personas que utilizan estos sistemas en su nombre. Estas medidas tienen en cuenta los conocimientos técnicos, la experiencia, la educación y la formación de cada persona, así como el contexto de uso [4].

### ¿Es obligatoria una formación, con certificado?

La Comisión responde que no se impone ninguna formación obligatoria estricta y que no existe un formato único [4]. No hace falta un certificado: la organización puede llevar un registro interno de las formaciones o de otras acciones [4]. Tampoco se exige ninguna estructura de gobernanza concreta [4].

### ¿Debe el empleador medir el nivel de los empleados?

No. El artículo 4 no obliga a medir los conocimientos de los empleados en IA, ni exige garantizar un nivel preciso a cada persona [4].

## Qué cambia para los empleados

Según la Comisión, un empleado que usa ChatGPT para redactar un texto publicitario o para traducir debe ser informado de los riesgos propios de la herramienta, por ejemplo la alucinación [4]. Leer las instrucciones de un sistema puede no bastar: en muchos casos, pedir al personal que las lea podría resultar ineficaz [4].

La obligación alcanza también a las personas que trabajan para la organización sin ser empleadas, por ejemplo un contratista [4]. En caso de daño, el proveedor de un sistema de IA puede ser demandado con arreglo al derecho nacional, y la Comisión precisa que el reglamento no crea ni un delito penal ni un derecho a indemnización [4].

Para los sistemas de alto riesgo se añade un punto distinto: los responsables del despliegue deben velar por que el personal que los utiliza esté formado para ejercer la supervisión humana [4]. Para un sistema así, pueden ser pertinentes medidas adicionales para que los empleados sepan cómo manejarlo [4]. Las normas para el alto riesgo del anexo III solo se aplican a partir del 2 de diciembre de 2027 [2].

## Qué cambia para la dirección

Una organización que utiliza sistemas de IA debería examinar su papel (proveedor o responsable del despliegue) y el riesgo de los sistemas afectados. La Comisión sugiere al menos los siguientes pasos y preguntas, aquí cuatro: qué es la IA y qué IA emplea la organización, su papel, el riesgo de los sistemas, y después las carencias de conocimientos del personal y el contexto de uso [4].

Una persona con titulación en desarrollo de IA se considera normalmente formada, pero la organización debe comprobar que conoce los sistemas de la empresa y sus riesgos [4]. Pueden coexistir varios niveles de formación [4].

Las obligaciones del artículo 4 fueron modificadas por el ómnibus digital sobre IA: la alfabetización en IA sigue siendo una obligación, sin un nivel específico impuesto, y la Comisión y los Estados miembros deben seguir apoyando a las organizaciones, en particular con ejemplos de cumplimiento publicados en la plataforma de información única [4]. Reproducir las prácticas del repositorio de la Comisión no otorga automáticamente una presunción de conformidad con el artículo 4 [4].

## Qué dice el texto

La Comisión propuso el reglamento en abril de 2021, y el Parlamento Europeo y el Consejo lo acordaron en diciembre de 2023 [1]. Entró en vigor el 1 de agosto de 2024 [1].

Para el alto riesgo, se aplicarán obligaciones estrictas antes de la comercialización a partir del 2 de diciembre de 2027 (anexo III): evaluación y mitigación de riesgos, datos de alta calidad, registro de actividad, documentación, información al responsable del despliegue, supervisión humana, solidez, ciberseguridad y precisión [2].

Los modelos de IA de uso general, como los grandes modelos de lenguaje, forman una categoría aparte, con obligaciones que van de la transparencia mínima a la evaluación de los riesgos sistémicos [3]. El reglamento no sustituye al RGPD: lo complementa [3].

## En qué punto está la aplicación

Según la Comisión, el reglamento pasó a ser aplicable el 2 de agosto de 2026, con excepciones [2]. La CNIL detalla las etapas del calendario revisado [3]:

- 2 de febrero de 2025: prohibiciones, salvo la relativa a los contenidos de abuso sexual infantil y a los deepfakes sexuales (para la Comisión, las prohibiciones 1 a 8 y las obligaciones de alfabetización en IA) [2][3].
- 2 de agosto de 2025: normas para los modelos de IA de uso general y designación de las autoridades competentes [3].
- 2 de agosto de 2026: obligaciones de transparencia para ciertos sistemas [3].
- 2 de diciembre de 2026: prohibición de los sistemas que generan contenidos de abuso sexual infantil y deepfakes sexuales [3].
- 2 de diciembre de 2027: normas para los sistemas de alto riesgo del anexo III, entre ellos el empleo [2][3].
- 2 de agosto de 2028: normas para los sistemas de alto riesgo del anexo I (juguetes, productos sanitarios, etc.) [2][3].

Estos aplazamientos se derivan del ómnibus sobre IA. La Comisión escribe que se alcanzó un acuerdo político el 7 de mayo de 2026 y que el texto entró en vigor el 27 de julio de 2026 [2]. La CNIL indica que la versión modificada se adoptó el 24 de julio de 2026 [3].

En cuanto al control, el artículo 4 no lo supervisa la Oficina de IA, sino las autoridades nacionales de vigilancia del mercado, que lo controlan desde el 2 de agosto de 2026 [4]. Estas autoridades podrían imponer sanciones basadas en el derecho nacional, proporcionadas a la naturaleza y la gravedad de la infracción; sería más probable en caso de un incidente debido a una falta de formación [4]. Cada Estado miembro elige la estructura de estas autoridades, y una de ellas actúa como punto de contacto nacional si se designan varias [3].

La Oficina de IA, creada en el seno de la Comisión, supervisa los modelos de IA de uso general. Puede investigar, solicitar medidas correctoras e imponer multas [5]. Apoya al Comité Europeo de Inteligencia Artificial, que reúne a representantes de cada Estado miembro [3][5].

## Fuentes

1. Commission européenne, «AI Act enters into force», 1 de agosto de 2024. https://commission.europa.eu/news-and-media/news/ai-act-enters-force-2024-08-01_en (consultado el 3 de noviembre de 2026)
2. Commission européenne, «Législation sur l’IA». https://digital-strategy.ec.europa.eu/fr/policies/regulatory-framework-ai (consultado el 3 de noviembre de 2026)
3. CNIL, «Entrée en vigueur du règlement européen sur l’IA : les premières questions-réponses de la CNIL», 12 de julio de 2024. https://www.cnil.fr/fr/entree-en-vigueur-du-reglement-europeen-sur-lia-les-premieres-questions-reponses-de-la-cnil (consultado el 3 de noviembre de 2026)
4. Commission européenne, «AI Literacy - Questions & Answers». https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/faqs/ai-literacy-questions-answers (consultado el 3 de noviembre de 2026)
5. Commission européenne, «Bureau européen de l’IA». https://digital-strategy.ec.europa.eu/fr/policies/ai-office (consultado el 3 de noviembre de 2026)

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Fuente original: Cyberpedia, la enciclopedia pública de ciberseguridad e IA publicada por Brain. Versión canónica: https://startbrain.io/cyberpedia/es/articles/reglamento-europeo-ia-ai-act/
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